Suprema Corte de México declara «inconstitucional» la penalización del aborto, impulsando un camino hacia la despenalización

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dictaminó el 6 de septiembre como «inconstitucional» la penalización del aborto contemplada en el Código Penal Federal.

Mediante un comunicado difundido a través de X (anteriormente Twitter), la SCJN anunció que la Primera Sala «concluyó que es contrario a la Constitución el sistema jurídico que criminaliza el aborto en el Código Penal Federal, ya que vulnera los derechos humanos de las mujeres y personas con capacidad de gestación».

El proyecto de sentencia, redactado por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, fue respaldado por los otros cuatro miembros de la Primera Sala: Jorge Mario Pardo Rebolledo, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, Juan Luis González Alcantará Carrancá y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.

Esta sentencia surge como respuesta a un amparo presentado por la organización feminista Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), dirigido contra los artículos 330, 331 y 332 del Código Penal Federal, que establecen las sanciones para mujeres que deciden interrumpir su embarazo, así como para los profesionales de la salud que llevan a cabo el procedimiento y aquellos que presionan a mujeres en dicha situación.

El amparo también invalida los artículos 333 y 334, que especifican los casos en los que el aborto no es penalizado.

La decisión de la Primera Sala de la SCJN determina que la institución que presentó el amparo está protegida por la justicia federal.

«Esta Primera Sala considera que la declaración de inconstitucionalidad resulta en un beneficio tangible para la asociación civil demandante, en términos del correcto desarrollo de su objetivo social. Esto le permitirá asegurar que las mujeres y personas con capacidad de gestar a las que acompaña accedan a servicios de aborto seguros y de calidad, sin temor a ser criminalizadas en ninguna circunstancia, ni ellas ni el personal que brinda el servicio de interrupción del embarazo», establece el fallo.

¿Cuáles son las implicaciones del fallo de la Suprema Corte para el aborto en México? Marcial Padilla, director de la plataforma provida ConParticipación, explicó a ACI Prensa que la sentencia de la Primera Sala de la SCJN «no modifica directamente el Código Penal Federal, ya que esto corresponde a los senadores y diputados».

Sin embargo, señaló que el fallo «sí invalida la aplicación de este Código, ya que cada vez que se presente un caso ante el juez, siguiendo el criterio de la Corte, no procedería».

Además, advirtió que este veredicto «presiona a senadores y diputados para que eliminen la protección del derecho a la vida en el Código Penal Federal».

Pero, enfatizó, lo que es más preocupante es que «envía el mensaje a la sociedad de que se puede arrebatar la vida a un hijo o hija antes de nacer, y que un hijo o hija no merecen la misma protección bajo la ley antes de nacer que después de hacerlo».

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