Reconocido influencer argentino fue multado por decir el verdadero sexo biológico de una persona trans
La justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha dictado una condena contra el conocido influencer argentino Emmanuel Danann por daños y perjuicios a una persona transexual, quien se sintió discriminada y vulnerada en su derecho a la autopercepción. La persona en cuestión, nacida biológicamente varón pero que se identifica como una mujer lesbiana con pene, denunció comentarios realizados por Danann en redes sociales, lo que resultó en una multa de 300.000 pesos, equivalente a unos 300 dólares. Más allá de la cantidad simbólica, este fallo plantea un precedente que podría permitir a individuos argumentar discriminación basada en la autopercepción en lugar de consideraciones biológicas.
El acusado, conocido en las redes sociales como @DanannOficial, fue hallado culpable. Además de la mencionada multa monetaria, se le prohibió hacer cualquier mención o referencia al denunciante en cualquiera de sus plataformas o medios de alcance público.
La fiscal Andrea Scanga, a cargo de la Fiscalía especializada en Discriminación del MPF CABA, llevó el caso a juicio. Durante el proceso, se argumentó que la publicación discriminatoria del acusado había generado una campaña difamatoria contra la «víctima», quien hasta entonces era desconocida en las redes sociales y fue expuesta de manera involuntaria debido a la influencia del comunicador.
Se señaló que la conducta del acusado violaba derechos fundamentales como el honor, la dignidad, la imagen, el derecho a la autodeterminación y la identidad de género de la víctima, así como de todo el colectivo trans en general.
Se tomó en consideración el hecho de que el ataque virtual fue perpetrado por una figura pública con aproximadamente 4 millones de seguidores en todas sus plataformas, que incluso había sido galardonada con el premio Martin Fierro «Influencer de Opinión» en 2021.
La jueza Paula Núñez Gelvez, titular del Juzgado Penal Contravencional y de Faltas 21, dictaminó la condena del acusado por la contravención de discriminación, según el Artículo 71 del Código Contravencional.
Este fallo atenta -que atenta contra la libertad de expresión y el sentido común- sienta un precedente peligroso que podría llevar a la persecución de opiniones que, aunque lógicas, puedan ofender sensibilidades.
Danann expresó que apelará la sentencia.