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Chau SIRA: Cómo es el nuevo sistema del gobierno que abre las importaciones

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En un paso audaz para simplificar y transparentar el comercio exterior, el gobierno argentino ha puesto fin al controvertido sistema de importación SIRA, creado durante la gestión de Sergio Massa. La nueva apuesta del Gobierno, el SEDI (Sistema Estadístico de Importaciones), se presenta como un cambio radical que promete eliminar la discrecionalidad, acelerar los procedimientos y brindar mayor claridad a los importadores.

La Resolución conjunta de la AFIP y la Secretaría de Comercio 5466/2023, publicada recientemente en el Boletín Oficial, marca el fin de las SIRA y da luz verde al SEDI. Este nuevo sistema establece un registro donde las importaciones deberán ser declaradas antes de ser afectadas a un despacho, anticipando la información relativa a sus destinaciones de importación para consumo. 

El SEDI tiene como objetivo suministrar información estadística descriptiva y anticipada, agilizando los procedimientos sin demoras en los sectores productivos. Las declaraciones SEDI deben ser realizadas por los importadores definidos en el apartado 1 del artículo 91 del Código Aduanero, con un plazo de validez de 360 días corridos, contados a partir de la fecha que obtuviera el estado de SALIDA. 

El acceso al SEDI implica un análisis previo de la AFIP sobre la situación tributaria y capacidad económica del contribuyente a través del Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF). La tolerancia en el valor FOB unitario y cantidad permite cierta flexibilidad en las declaraciones.

El Gobierno se compromete a publicar un manual de procedimientos para las SEDI, con la expectativa de que entren en vigencia de inmediato, teniendo una duración de 365 días. Esta medida busca agilizar el proceso al eliminar el antiguo requisito de aprobación.

Las operaciones exceptuadas de efectuar las declaraciones SEDI son:

  • Destinaciones de importación para consumo, realizadas en el marco de los regímenes de muestras, de donaciones y de franquicias diplomáticas,
  • Mercaderías con franquicias de derechos y tributos,
  • Mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales,
  • Bienes amparados en el régimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico-tecnológicas que se encuentren enmarcados en el certificado previsto en el Articulo 4° de la Ley N° 25.613,
  • Bienes provenientes del Área Aduanera Especial creada por la Ley N° 19.640 que se importen al territorio continental, así como a las operaciones de importación de bienes provenientes del territorio continental que se importen a dicha Área Aduanera Especial, y
  • Todas aquellas mercaderías que ingresen en el marco de lo previsto en la Resolución General N° 3.628 (AFIP).

Las mercaderías declaradas al amparo de la declaración SEDI, tendrán una tolerancia en el valor FOB unitario del 7% en más o en menos, y en la cantidad de un 7% en más, no estableciéndose limitaciones cuando esta resulte inferior entre lo declarado en la declaración SEDI en relación con las consignadas en las solicitudes de destinación de importación para consumo correspondientes.

Proceso de aprobación y acceso a dólares

Con la implementación de las SEDI, se establece un plazo de 30 días para que los organismos involucrados en las importaciones emitan sus opiniones (ANMAT, SENASA, Ministerio de Salud, etc.). La falta de respuesta en este período resulta en la aprobación automática, aunque antes el importador debe pasar por el «Sistema de Capacidad Económica Financiera» (CEF).

El acceso a dólares para los importadores se regirá por un sistema escalonado, eliminando la necesidad de conformidad previa para nuevos pagos de importaciones. Los pagos podrán ser inmediatos para ciertos productos como hidrocarburos y derivados, mientras que otros, como productos farmacéuticos, tendrán un período de 30 días antes de liberar los pagos. Para importaciones de autos, se establece un plazo de seis meses, y para el resto de los bienes, se permite el pago en cuatro cuotas escalonadas.

La misma resolución que anula las SIRA, además crea un padrón de deudores de importaciones llamado “Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior”, en el cual deberán inscribirse los sujetos que cuenten con deuda comercial por importaciones de bienes y/o de servicios y efectuar la correspondiente declaración jurada. Se estima que los pasivos hoy superan los US$ 50.000 millones. 

Las empresas tienen solo 15 días para inscribirse en el registro. Una vez aprobadas, podrán suscribir bonos en dólares (Bopreal) para cancelar esas deudas, marcando un intento del Gobierno de filtrar y gestionar las deudas pendientes de las empresas importadoras.

Eliminación de licencias automáticas y no automáticas

Otra medida destacada en materia de comercio exterior es la eliminación de las licencias automáticas y no automáticas vigentes desde 2017, que funcionaban como un freno a ciertos productos para favorecer la producción nacional. La Resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio formaliza esta decisión, marcando un cambio significativo en la política comercial. La derogación de la Resolución N.º 523 de 2017 allana el camino para que todas las mercaderías sujetas a la Nomenclatura Común del MERCOSUR ingresen al país sin necesidad de tramitar una licencia de importación.

Las nuevas medidas anunciadas por el gobierno de Javier Milei en materia de comercio exterior, buscan romper el status quo de un sistema burocrático y corrupto que ha dejado deudas millonarias, fábricas paradas y desabastecimiento local de muchos productos.

Por: Cecilia Borrelli- Mundo Libre Diario

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