Argentina se abre al bimonetarismo: las transacciones se podrán hacer en dólares y criptomonedas
A partir de las nuevas disposiciones del presidente Javier Milei, Argentina se abre al bimonetarismo: se podrán realizar transacciones en dólares, criptomonedas o cualquier otra divisa que acuerden las partes.
En la página 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) se especifica que al momento de hacer una operación, se puede pactar una moneda que “sea o no de curso legal en el país”.
Puntualmente, el DNU modifica los artículos 765 y 766 del Código Civil y Comercial. Hasta ahora, la normativa señalaba que al brindar una prestación en una moneda que no sea de curso legal, se podía cancelar dando “cantidades de cosas” o “el equivalente en moneda de curso legal”.
A partir de este momento, en cambio, “el deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada”.
«El deudor debe entregar la cantidad correspondiente de la moneda designada, tanto si la moneda tiene curso legal en la República como si no lo tiene», apunta el Artículo 766.
De esta forma, no solo se admiten operaciones en dólares u otras divisas, sino también en criptomonedas e incluso en productos de uso común.
«Ratificamos y confirmamos que en Argentina se podrán pactar contratos en Bitcoin», comunicó por X la canciller Diana Mondino agregando «y también cualquier otra cripto y/o especie como kilos de novillo o litros de leche».
Esta desregulación se ve reflejada en los alquileres, ya que se ha derogado la Ley de Alquileres y a partir de ahora «los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, al libre arbitrio de las partes».
De acuerdo a especialistas como Luciano Laspina, el siguiente paso para establecer el bimonetarismo es levantar todas las restricciones para comprar/vender divisas.
«La reforma es correcta… Solo falta eliminar para siempre el control de capitales”, dijo Laspina a LA NACION.